STSJ Cataluna (Social) de 8 mayo de 2026
LA REALIZACIÓN DE LAS MISMAS TAREAS QUE COMPAÑEROS DEL MISMO GRUPO PROFESIONAL PERO DE UN SUBGRUPO SUPERIOR NO IMPLICA EL DERECHO A LA PERCEPCIÓN DE LAS RETRIBUCIONES PROPIAS DEL SUBGRUPO SUPERIOR
La Sala de lo Social del TSJ de Cataluña ha estimado el recurso de suplicación de la empresa, revocando la Sentencia de instancia y desestimado la demanda del trabajador que reclamaba el abono de diferencias salariales. La cuestión que se plantea en suplicación se centra en determinar si un trabajador de nuevo ingreso tiene derecho a reclamar diferencias salariales, no el ascenso, por el desarrollo de las funciones comunes de varios subgrupos profesionales superiores, incluidos en el mismo grupo profesional
El TSJ desestima la reclamación del trabajador al considerar que no se trata de un supuesto de movilidad funcional por encomienda de funciones correspondientes a un grupo profesional superior. Todos los trabajadores forman parte del mismo grupo profesional y están sometidos al sistema de promoción profesional previsto en la norma convencional, que pone especial énfasis en la experiencia y el aprendizaje práctico.
El marco convencional otorga relevancia decisiva a la promoción profesional por tiempo de permanencia y capacitación. El itinerario prevé el paso sucesivo un subgrupo a otro superior, con ascensos automáticos asociados al transcurso del tiempo y a la formación exigida. Esa estructura no descansa en una separación rígida de tareas entre todos los escalones, sino en una evolución profesional pactada que retribuye la experiencia práctica acumulada. Por tanto, la retribución superior no se activa por el mero desempeño de funciones comunes.
También descarta que exista una doble escala salarial ilegítima. La diferencia de salario se inserta en un recorrido común para todos los trabajadores sometidos al mismo régimen convencional, de modo que la mejora económica se produce a medida que se adquiere mayor conocimiento práctico por permanencia y formación. La sentencia considera razonable presumir que el trabajador de reciente ingreso tiene menor pericia y puede necesitar apoyo del personal con más antigüedad, incluso cuando las tareas sean coincidentes.
