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LA EMPRESA A LA QUE SE SOLICITE UNA ADAPTACIÓN DE JORNADA POR MOTIVOS FAMILARES ESTÁ OBLIGADA A ENTABLAR UN PROCESO DE NEGOCIACIÓN CON EL TRABAJADOR QUE LO SOLICITE

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su Sentencia nº 825/2025, dictada el 24 de septiembre de 2025, confirma la Sentencia dictada en suplicación por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que reconoció a un trabajador el derecho a la adaptación de su jornada laboral en horario de 7 a 15 horas de lunes a viernes y condenó a su empresa a indemnizarle con 7.500 euros.

NO ES DISCRIMINATORIO EXCLUIR DE UN DESPIDO COLECTIVO A LOS MAYORES DE 55 AÑOS

La Sala de lo Social de la Audiencia nacional ha dictado en fecha 15 de octubre de 2025 una sentencia relativa a un proceso de impugnación de un despido colectivo presentado por el sindicato FIST contra la empresa CONCENTRIX SPAIN BUSINESS PROCESS OUTSOURCING S.L.U. El despido colectivo afectaba a 122 trabajadores de varios centros y proyectos, motivado por causas productivas y organizativas, principalmente la pérdida o reducción de contratos con clientes.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional resolvió, entre otras cuestiones, que la exclusión de los mayores de 55 años del despido colectivo no constituye discriminación por edad, al estar justificada objetivamente y ser proporcional, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la normativa europea.

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA ESTIPULA QUE LOS DESPLAZAMIENTOS REALIZADOS A INSTANCIA DEL EMPLEADOR DEBEN CONSIDERARSE COMO TIEMPO DE TRABAJO

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su Sentencia nº C-110/24, dictada el 9 de octubre de 2025 en una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, entiende que conforme al artículo 2.1 de la Directiva Europea 2003/88/CE, referente a la ordenación del tiempo de trabajo, los desplazamientos efectuados por los trabajadores…………………….

ENTRADA EN VIGOR DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS EMPLEADOS DE HOGAR

ENTRADA EN VIGOR DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS EMPLEADOS DE HOGAR

El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar entró en vigor el día siguiente al de su publicación (es decir, el 12 de septiembre de 2024), si bien la aplicación práctica, de acuerdo con lo previsto en la Disposición final quinta, no sería exigible hasta que hubieran transcurrido seis meses desde la puesta a disposición de la herramienta gratuita de evaluación de riesgos del INSST, denominado Prevención10, lo que ha ocurrido en fecha 14 de noviembre de 2025. Prevención10 es un servicio público gratuito de asesoramiento en prevención de riesgos laborales, al que puede accederse en la dirección https://www.prevencion1…………

LOS TRIBUNALES, CAMBIANDO SU TENDENCIA, EXTIENDEN LA RESPONSABILIDAD EN EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES POR DAÑOS MORALES EN CASOS DE DESPIDOS Y ACTOS DISCRIMINATORIOS A LOS ADMINISTRADORES O RESPONSABLES DE RECURSOS HUMANOS.

En no pocas ocasiones las indemnizaciones anudadas a los  daños morales derivados de la vulneración de derechos fundamentales, no son percibidas por los trabajadores como consecuencia de la insolvencia de la empresa y no ser cantidades asumidas, ni total ni parcialmente, por FOGASA.  Actualmente numerosos tribunales, entre ellos la Sala de lo Social del TSJ d………………

LA AUDIENCIA NACIONAL CONSIDERA QUE EL PERMISO PARENTAL DE OCHO SEMANAS DE RECIENTE INTRODUCCIÓN EN ESPAÑA NO ES RETRIBUIDO

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en su Sentencia nº 128/2025, dictada el 30 de septiembre de 2025 en un conflicto colectivo que afecta a la empresa RENFE, entiende que el vigente artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, (introducido en el ordenamiento español por el Real Decreto-ley 5/2023) no tiene por qué ser retribuido a pesar de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los ………….

APARICIO Y ASOCIADOS ABOGADOS INTERVIENE EN EL XVIII CONGRESO DE LOS TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA – GESTHA -.

Los días 23, 24 y 25 de octubre de 2025 se ha celebrado en el Paraninfo del Rectorado de la Universidad de A Coruña el XVIII Congreso del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda – Gestha -, organización sindical de referencia en el mundo funcionarial y en los sectores fiscales y tributarios, con el que nuestro despacho lleva colaborando activamente desde 1999.
El Congreso ha contado con la intervención de diversas personalidades de la política, la docencia universitaria ………………..

ES LÍCITO EL PACTO SUSCRITO POR UN TRABAJADOR CON SUE MPRESA EN EL QUE ASUME LA DEGRADACIÓN DE SU CATEGORÍA PROFESIONAL PARA EVITAR EL DESPIDO DEL QUE IBA SER OBJETO POR COMETER UNA FALTA MUY GRAVE

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, en su Sentencia nº 1726/2025, dictada el 10 de junio de 2025, confirma la Sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social nº 3 de Elche, declaró ajustada a Derecho la conducta de su empresa consistente en degradarle profesional y económicamente para evitar su despido disciplinario.
La Jefa del trabajador ………………….

LAS EMPRESAS NO ESTÁN OBLIGADAS A FACILITAR UNA SILLA ERGONÓMICA A TODOS LOS EMPLEADOS QUE TELETRABAJEN.

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 10 de septiembre de 2025, ha confirmado la Sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de octubre de 2023 que desestimó el Conflicto Colectivo interpuesto por UGT con el objeto de que la empresa demanda facilitara una silla ergonómica a todos los empleados que teletrabajaran.
En dicha empresa, cada empleado disponía para teletrabajar con un ordenador portátil, auriculares y ratón. Además se estableció una compensación de 150 euros brutos, que ……………….

EL INSS DEBE RECONOCER LA PENSIÓN DE VIUDEDAD EN CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO AUN CUANDO EL CAUSANTE NO ABONARA UNA PENSION COMPENSATORIA SI VENÍA CONTRIBUYENDO AL PAGO DEL PRESTAMO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA FAMILIAR ASIGNADA AL CONYUGE AHORA BENEFICIARIO.

En contra del criterio mantenido por el INSS, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en diversas sentencias y ahora en la más reciente de 18 de julio de 2025 nº 743/2025, dicho Tribunal reitera que, ……………………………….

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONSIDERA QUE UN DESPIDO DE UN TRABAJADOR QUE HA PRESENTADO UNA RECLAMACIÓN ANTE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PUEDE VULNERAL LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD LABORAL

El pasado día 10 de septiembre de 2025 el Tribunal Constitucional emitió un comunicado anunciando que el Pleno del Tribunal ha estimado en Sentencia un recurso de amparo presentado por un trabajador que fue despedido en represalia por haber reclamado ante el presidente del Comité de Empresa que mediara ante su empleadora por lo que consideraba una vulneración de sus derechos laborales.
El Tribunal Constitucional entiende que la garantía de indemnidad laboral del artículo 17 ………………

LA EMPRESA DEBE INFORMAR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DEL USO DE SISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL

La Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 4 de julio de 2025 ha estimado la demanda presentada por el sindicato CGT contra una empresa dedicada al sector de Contact Center, por vulneración del derecho fundamental de libertad sindical. La demanda se basó en que la empresa no informó a los delegados sindicales de CGT en las secciones de Barcelona, Madrid y Sevilla sobre los parámetros, reglas e instrucciones de los algoritmos o sistemas automatizados que afectan a las condiciones laborales, específicamente en la asignación de libranzas variables a la plantilla. CGT solicitó que se declarase la vulneración de este derecho, la nulidad de la práctica empresarial de no informar, una indemnización de 6.250 euros por daños y perjuicios, y que la empresa proporcionase la información requerida de forma clara y accesible.
La empresa negó el uso de algoritmos o inteligencia artificial en la asignación de libranzas, afirmando que utiliza una herramienta informática conocida y no basada en algoritmos. Sin embargo, CGT aportó indicios y pruebas, incluyendo sentencias anteriores

UN JUZGADO D ELO SOCIAL RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL PERMISO RETRIBUIDO DE HASTA 8 SEMANAS POR CUIDADO DE HIJO MENOR DE OCHO AÑOS A UN TRABAJADOR DEL SECTOR PRIVADO

El Juzgado de lo Social nº 1 de Barcelona, en su Sentencia nº 168/2025, dictada el 30 de junio de 2025, declaró el derecho de un trabajador de seguridad al disfrute del permiso retribuido para el cuidado de hijo menor de ocho años que había solicitado a su empresa.
En el mes de julio de 2019 se publicó la Directiva de la Unión Europea 2019/1158 del Parlamento…………………..

UNA CAIDA SUFRIDA AL SALIR DEL DOMICLIO PARA IR A TRABAJAR NO ES ACCIDENTE “IN ITINERE”

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en Sentencia de 2 de junio de 2025, ha resuelto el recurso de casación para unificación de doctrina, donde se enjuiciaba el caso de un trabajador que sufrió una caída por las escaleras del porche de su una vivienda unifamiliar, dentro de su finca, cuando se disponía a salir hacia el trabajo. Este accidente dio lugar a un proceso de incapacidad temporal por contingencias comunes, reclamando el trabajador la modificación de la contingencia.

El TS se cuestiona si se debe considerar accidente in itinere aquel supuesto en el que la persona accidentada ya ha iniciado su desplazamiento al centro de trabajo, pero todavía no ha salido a la vía pública, encontrándose en la zona intermedia entre la vivienda propiamente dicha y la salida de su jardín, más

EL TRIBUNAL SUPREMO ADMITE LA USCAPIÓN DE UNOS TRASTEROS UTILIZADOS PRIVATIVAMENTE POR UNOS VECINOS, PESE AL ACUERDO CONTRARIO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.

EL TRIBUNAL SUPREMO ADMITE LA USCAPIÓN DE UNOS TRASTEROS UTILIZADOS PRIVATIVAMENTE POR UNOS VECINOS, PESE AL ACUERDO CONTRARIO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
El Tribunal Supremo mediante su Sentencia de 25 de junio de 2025, acogiendo la tesis mantenida por nuestro Despacho, ha confirmado la Sentencia de 1 de junio de 2020 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, desestimando el recurso de casación que contra la misma se interpuso por la Comunidad de Propietarios inicialmente demandante y posteriormente reconvenida.
Es proceso ……………..